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18 abril 24

Diputados aprobó por unanimidad la penalización del femicidio

19 abril 2012

Giraron al Senado el proyecto consensuado que busca agravar las penas a quien matare por “odio de género”. Se contemplan también a los noviazgos y a los concubinos. También incluye la reclusión o prisión perpetua para los casos de homicidios cometidos en casos de orientación sexual.

La Cámara de Diputados de la Nación logró girar al Senado el proyecto consensuado para agravar las penas a quien matare por “odio de género”, que también incorpora el femicidio vinculado y el homicidio cometido en casos de orientación sexual.

Todos los bloques coincidieron en reconocer un importante avance en el combate de la violencia de género. La iniciativa tuvo 204 votos positivos y ninguno en contra.

El dictamen consensuado por todo el arco parlamentario toma como antecedentes quince proyectos de ley de diputados de todos los bloques. Concretamente, busca modificar los incisos 1 y 4 del artículo 80 del Código Penal para imponer “reclusión o prisión perpetua” a quien matare por “odio de género”, indicó Parlamentario.com.

El proyecto incluye “al que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, o a la persona con quien mantenga, haya mantenido, o haya infructuosamente pretendido iniciar una relación de pareja”.

De esta manera, se contemplan también las relaciones de noviazgo, es decir, se penaliza a la persona con quien la víctima mantuvo o mantiene una relación de pareja, mediare o no convivencia.

También se incorpora la figura del femicidio vinculado, esto es, los asesinatos cometidos contra personas que mantienen un vínculo familiar o afectivo con una mujer, a los fines de causarle un daño psicológico. Además, se contempla esta pena para los casos de homicidio por razones de orientación sexual o identidad de género.

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